Por la cual se lleva a cabo cancelación de registro académico por deserción, bajo rendimiento y/o falta académica de aprendices de programas de formación titulada del
Centro Agropecuario de Buga CAB
Que las decisiones tomadas a nivel académico y administrativo por el Centro Agropecuario de Bugase toman en forma concertada, y de consuno, al amparo de las disposiciones legales vigentes, del reglamento del Aprendiz Sena.
Que, desde la coordinación académica de VIRTUALIDAD, SEGUIMIENTO Y COMPETENCIAS TRANSVERSALES mediante el acta 152 del 21 de noviembre de 2024, reunión de Comité de seguimiento y evaluación de las fichas 2282013 - 2348390- 2374659 del programa de formación TECNÓLOGO NEGOCIACIÓN INTERNACIONAL, 2281975 del programa de formación TECNÓLOGO ANÁLISIS Y DESARROLLO DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN, 2758386 - 2834743 del programa de formación TÉCNICO ATENCIÓN INTEGRAL AL CLIENTE, 2721719 del programa de formación TÉCNICO CHOCOLATERIA,
2627170 - 2675892 del programa de formación TECNÓLOGO DESARROLLO PUBLICITARIO, 2281640 - del programa de formación TECNÓLOGO DISTRIBUCIÓN FÍSICA INTERNACIONAL, 2382949 del programa de formación TECNÓLOGO GESTIÓN LOGÍSTICA, 2455369 - 2627247 - 2721813 - 2834683 del programa de formación TÉCNICO OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR, 2282029 - 2374685 - 2281811 del
programa de formación PRODUCCIÓN DE MULTIMEDIA, 2627227 - 2834642 del programa de formación TÉCNICO PROYECTOS AGROPECUARIOS, 2627227 - 2834642 del programa de formación TÉCNICO PROYECTOS AGROPECUARIOS, 2405023 - 2758407 - 2834729 del programa de formación TÉCNICO
SERVICIOS Y OPERACIONES MICROFINANCIERAS, se identificaron y validaron aprendices que entran en proceso de excepción por abandono a la formación o por no cumplir con la asistencia mínima requerida para el programa, aprendices comunes con faltas académicas o disciplinarias.
Los aprendices que se relacionan en la presente Resolución, con documento de identidad, nombre, ficha a la que pertenecen, se encuentran matriculados en los siguientes programas, y sus casos fueron analizados según consta en el acta No 152 del 21 de noviembre de 2024, reunión de Comité de seguimiento y evaluación, habiéndose respetado su derecho al debido proceso, de acuerdo con lo consagrado en el reglamento del aprendiz, artículos 7 numeral 7 y artículo 22 parágrafo: RESOLUCIÓN No. 76-08086 DE 2024 - VIRTUALIDAD, SEGUIMIENTO Y COMPETENCIAS
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